ACTUALIDAD NOTICIOSA

Sernac denuncia por publicidad engañosa a empresas vinculadas a pulseras "iónicas"

Se trata de Cencosud, Ripley y Cruz Verde, acusadas de no comprobar las promesas publicitarias de las pulseras iónicas, infringiendo el derecho de los consumidores.

SANTIAGO.- El Sernac denunció a la Justicia a las empresas Cencosud (Paris), Ripley (ECCSA) y Farmacias Cruz Verde por no entregar información que permitiera comprobar las promesas publicitarias de las pulseras "iónicas" que ofrecen una serie de efectos positivos para la salud.

La acciones judiciales se originaron cuando el Sernac, preocupado por la venta masiva de estos productos, exigió a principios de noviembre, que las empresas informaran los criterios científicos que avalaran la veracidad de los efectos en la salud por el uso de la pulsera, no obstante, ninguna entregó pruebas que comprobaran la promesa publicitaria.

Las pulseras, que se venden como "Biolectik" (Paris), "Vitazen" (Ripley) y "pulsera iónica" en Cruz Verde, tiene un precio cercano a los $10 mil y prometen en su publicidad una serie de beneficios como mayor vitalidad, energía, resistencia, equilibrio e incluso dilatar los vasos sanguíneos, estabilizar la presión, fortificar los huesos, equilibrar el apetito, reducir el estrés y disminuir el tiempo de recuperación después de un esfuerzo físico.

Para probar estos beneficios, se dan a conocer una serie de testimonios de deportistas o actores.

En el caso de la pulsera Biolectik incluso la letra chica señala que los efectos variarán de acuerdo al "campo biomagnético" de cada persona, por lo que aunque fueran comprobables los beneficios, no serían para todos igual, pero se induce a engaño a los consumidores al no informarlo claramente.

El Sernac, para tener mayores antecedentes en resguardo de los consumidores, consultó con el Ministerio de Salud, quien confirmó que la pulsera Biolectik "se anuncia como un producto de utilidad médica sin tener autorización o reconocimiento como tal".

Respecto de otros tipos de pulseras, informó que no se encontraron pruebas que avalen promesas como "potencia tu bienestar, siéntete mejor y busca el equilibrio" o "vitalidad, energía, resistencia, flexibilidad, equilibrio".

La preocupación del Sernac es resguardar que se esté respetando el derecho de los consumidores a que la publicidad de los productos sea comprobable y no engañosa.

Los consumidores compran un producto confiando en las promesas de las empresas y el Servicio no permitirá que esa confianza se defraude. La Ley es clara: las promesas se cumplen y los consumidores tienen derecho a recibir el producto por el que pagaron.

En efecto, la Ley del Consumidor establece que las empresas tienen la obligación de que su información publicitaria y lo contenido en empaques, etiquetas o envases, sea veraz, comprobable y no contenga mensajes que induzcan a error o engaño a los consumidores. Por tanto, no es llegar y prometer. Lo que se promete se cumple o las empresas tendrán que responder por su falta de profesionalismo.

Tras la acción judicial, las empresas arriesgan multas que llegan hasta las 750 UTM (cerca de $28 millones) y el juez podrá determinar la suspensión de las emisiones publicitarias cuando la gravedad de los hechos y los antecedentes acompañados lo ameriten. Podrá asimismo, exigir al anunciante que, a su propia costa, realice la publicidad correctiva que resulte apropiada para enmendar errores o falsedades.

El Sernac estará monitoreando el mercado para indagar a otras empresas que estén ofreciendo este producto con promesas no comprobables.

 

Publicado el 22/11/2010

Fuente: Emol